Los incrementos en rentas habitacionales en Ciudad de México no podrán superar la inflación anual luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró válida la constitucionalidad del artículo 2448 D del Código Civil.
El Pleno determinó que la disposición no impone tarifas, sino que regula las actualizaciones para evitar aumentos excesivos y proteger el derecho a una vivienda adecuada, sin afectar la libertad contractual ni el derecho de propiedad, ya que el monto inicial puede pactarse libremente, esto se deriva especialmente ante fenómenos como la gentrificación.
Asimismo, el Pleno avaló el Registro Digital de Contratos de Arrendamiento, el cual recabará únicamente información esencial para fines estadísticos y de seguimiento como monto de la renta, incremento pactado, colonia y alcaldía del inmueble, garantizando la confidencialidad y la protección de datos personales.
(CAGG)