Los despachos de cobranza de bancos, tiendas departamentales, y otras áreas comerciales tienen la mala fama entre deudores o familiares de los mismos, por incurrir en prácticas inapropiadas para recuperar el pago de los morosos.
Ante las constantes llamadas o mensajes telefónicos molestos, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una alerta sobre los límites legales de estas acciones, especialmente en lo referente a los horarios permitidos. Al respecto, el director de la Oficina de Defensa del Consumidor (ODECO) en la zona metropolitana de Monterrey, Máximo Espinosa Zamudio, ofreció detalles.
Si usted ya ha saldado su adeudo, la empresa tiene la obligación de emitir una carta finiquito y notificar al Buró de Crédito. Esto es fundamental para que, en caso de solicitar un préstamo hipotecario, automotriz o bancario, pueda ser acreedor, de lo contrario, es probable que su historial continúe afectado.
Así que recuerde, los despachos de cobranza son intermediarios y no deben excederse en sus facultades, ni dirigirse con un aval, deben dar a conocer el monto principal de la deuda, los intereses moratorios o cargo extra que tengan, si usted se siente “acosado” puede denunciar ante la PROFECO.
(CAGG)