Internacional Memorándum busca poner fin al conflicto entre Irán y Estados Unidos

Por: Miguel Gutiérrez
Miércoles 17 de Junio de 2026

Estados Unidos publicó el acuerdo con Irán, un Memorándum de Entendimiento de catorce puntos que busca poner fin inmediato a las hostilidades y sentar las bases para un acuerdo definitivo de paz.


Según el texto difundido por la administración estadounidense, ambas partes declaran la terminación inmediata y permanente de todas las operaciones militares, incluyendo el frente de Líbano. Se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial mutua y a abstenerse de cualquier amenaza o uso de la fuerza.


En materia naval, Estados Unidos levantará completamente su bloqueo en un plazo de treinta días, mientras que Irán garantizará el paso seguro y libre de buques comerciales por el Estrecho de Ormuz. El tráfico marítimo se restablecerá plenamente en las próximas semanas.


Las partes disponen de un plazo máximo de sesenta días, prorrogable, para negociar un acuerdo final.


Durante este período se mantendrá el statu quo: Irán conservará su actual programa nuclear y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.


Irán reafirma su compromiso de no desarrollar armas nucleares y ambas naciones acordarán, bajo supervisión del OIEA, el destino del uranio enriquecido acumulado.


En el plano económico, Washington se compromete a levantar todas las sanciones en el acuerdo definitivo, liberar los fondos y activos congelados de Irán y, junto con aliados regionales, impulsar un plan de reconstrucción y desarrollo por al menos trescientos mil millones de dólares.


El documento incluye mecanismos de monitoreo y establece que el acuerdo final será respaldado por una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.


Este Memorándum, firmado electrónicamente y cuya firma oficial se realizará el 19 de junio en Suiza, representa el primer paso formal hacia el fin de un conflicto que ha sacudido la estabilidad internacional y los mercados energéticos globales.


LISTA ÍNTEGRA


1. Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán, junto con sus aliados en la guerra actual, al firmar este MOU declaran la terminación inmediata y permanente de las operaciones militares en todos los frentes, incluido Líbano. Se comprometen a no iniciar ninguna guerra u operación militar entre sí, a abstenerse de la amenaza o el uso de la fuerza, y a respetar la integridad territorial y la soberanía de Líbano. El acuerdo final confirmará la terminación permanente de la guerra en todos los frentes y las demás disposiciones de este párrafo.


2. Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial de cada uno, y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.


3. Los Estados Unidos de América y la República Islámica de Irán se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final en un plazo máximo de 60 días, prorrogable con consentimiento mutuo.


4. Inmediatamente tras la firma de este MOU, Estados Unidos iniciará la retirada de su bloqueo naval y cualquier disturbio o impedimento contra Irán, y terminará completamente el bloqueo naval en un plazo de 30 días. Durante este período, el tráfico de buques se restaurará en proporción al volumen previo a la guerra. Estados Unidos se compromete además a retirar sus fuerzas de las proximidades de Irán en un plazo de 30 días tras el acuerdo final.


5. Irán hará los arreglos necesarios, con sus mejores esfuerzos, para el paso seguro y sin cargo de buques comerciales durante 60 días entre el Golfo Pérsico y el Mar de Omán (y viceversa). El tráfico comenzará inmediatamente y, tras la remoción de obstáculos técnicos y militares (incluida la desminado), se restablecerá plenamente en 30 días. Irán dialogará con Omán y otros estados ribereños del Golfo para definir la administración futura del Estrecho de Ormuz conforme al derecho internacional.


6. Estados Unidos, junto con socios regionales, desarrollará un plan definitivo y mutuamente acordado de al menos 300.000 millones de dólares para la reconstrucción y el desarrollo económico de Irán. El mecanismo se finalizará en el acuerdo definitivo dentro de los 60 días. Se otorgarán todas las licencias, exenciones y permisos necesarios.


7. Estados Unidos se compromete a terminar todos los tipos de sanciones contra Irán (incluidas resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU, del OIEA y sanciones unilaterales primarias y secundarias) en un calendario acordado como parte del acuerdo final. Ambas partes reconocen la importancia crítica de este tema y su intención de abordarlo inmediatamente en las negociaciones.


8. Irán reafirma que no procurará ni desarrollará armas nucleares. Ambas partes acordaron resolver la disposición del material enriquecido acumulado mediante un mecanismo mutuamente acordado (con la metodología mínima de dilución in situ bajo supervisión del OIEA). Se discutirán temas de enriquecimiento y otras necesidades nucleares de Irán en el marco del acuerdo final.


9. Pendiente del acuerdo final, ambas partes mantendrán el statu quo: Irán mantendrá su programa nuclear actual y EE.UU. no impondrá nuevas sanciones ni desplegará fuerzas adicionales en la región.


10. Inmediatamente tras la firma del MOU y hasta la terminación de sanciones, el Departamento del Tesoro de EE.UU. emitirá exenciones para la exportación de petróleo crudo iraní, productos derivados y servicios asociados (bancarios, seguros, transporte, etc.).


11. EE.UU. pondrá a disposición plena los fondos y activos congelados o restringidos de Irán. Ambas partes acordarán procedimientos para su liberación durante las negociaciones. Estos fondos serán plenamente utilizables por el Banco Central de Irán.


12. Se establecerá un mecanismo ejecutivo para monitorear la implementación exitosa de este MOU y el cumplimiento futuro del acuerdo final.


13. Tras la firma de este MOU y el inicio de la implementación de los párrafos 1, 4, 5, 10 y 11, se iniciarán negociaciones sobre el acuerdo final exclusivamente respecto a los demás párrafos.


14. El acuerdo final será respaldado por una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.




(CAGG)